¿Quiénes están Obligados?
Empresas que prestan servicios de planes de salud con abono de cuota mensual.
Empresas que prestan servicios de telefonía móvil
Empresas que prestan servicios de transporte de caudales y/u otros objetos de valor (*).
Servicios de construcción, mejoras, reparación, conservación, ampliación, remodelación, mantenimiento, administración y explotación de obras de infraestructura del transporte, cuya facturación se realice mediante cuentas corrientes y/o por servicio de telepeaje, prestados en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Desde la AFIP confirmaron que el esquema de implementación sigue sin cambios y que -hasta el momento- no se tiene previsto otorgar una nueva prórroga. El objetivo a largo plazo consiste en que a más tardar en tres años todas las facturas tipo "A" se emitan electrónicamente. Para mayor asesoramiento:
www.eFactura.ciapi.com.ar sistemas@ciapi.com.ar +54 11 4522-2489 |
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